El origen: Le Jardín de Fleur
En 2006 Property Logic recaudó millones de libras procedentes de clientes que invirtieron cantidades a cuenta para adquirir propiedades en la promoción “Le Jardin de Fleur”, en el fantástico emplazamiento de Saïdia, en Marruecos.
La Compañía convenció a potenciales clientes interesados realizando una gran campaña de marketing y publicidad, mostrando imágenes de lo que debería haber sido un espectacular complejo inmobiliario y apoyándose en grandes estrellas de fútbol, como Rio Ferdinand, John Terry, Joe Cole, Michael Carrick y el experto Gary Neville.
La situación en la actualidad (“el problema”):
Una vez pasados los años, la realidad es que, lo que debería haberse convertido en un resort de lujo con 1.342 propiedades, tres campos de golf y un complejo deportivo, hoy no es más que un solar de construcción abandonado, con el consiguiente descontento y malestar de quienes habían invertido sus depósitos económicos en ese sueño tan atractivo.
En las siguientes imágenes pude verse el estado en que se encuentra la obra hoy:
LA SOLUCIÓN:
Pero aún está a tiempo de reclamar: aunque la promoción se sitúe en Marruecos, Abolex Abogados, expertos en la Ley 57/68 de España, es la empresa adecuada para llevar a cabo la reclamación a través del sistema judicial español, ya que las cantidades se abonaron, en su mayor parte, a través de cuentas bancarias en España.
En aplicación de dicha ley, puede reclamar a las entidades bancarias a las que se remitieron las cantidades, por lo que el pago está garantizado cuando la reclamación tiene éxito: tanto de la devolución de las cantidades entregadas a cuenta por los clientes como del importe de los intereses correspondientes.
Procedimiento:
En el caso de propiedades situadas en territorio marroquí, el procedimiento puede resultar más complicado, pero, como expertos en la Ley 57/1968, Abolex Abogados se encargará de interponer su demanda frente a las entidades bancarias adecuadas: podremos tramitar los casos por la vía de la Ley 57/68 si su dinero fue transferido a un banco en España.
Solicitud:
Sólo tendrá que realizar su consulta, contándonos su caso y enviándonos copia de los documentos correspondientes (contratos que se hayan firmado y justificantes de los pagos, fundamentalmente) a través del formulario de contacto de nuestra web: https://www.abolex.es o por correo electrónico a info@abolex.es. Una vez la recibamos, haremos una evaluación de su caso sin compromiso y de forma gratuita, informándole de su resultado en cuanto la hayamos realizado.
Si tras la evaluación gratuita consideramos que en su caso puede hacerse la reclamación con éxito, le informaremos sobre los pasos a seguir. A partir de entonces seguiremos nuestro compromiso “si no ganamos, no cobramos”: usted no tendrá que abonarnos ningún importe por nuestras gestiones hasta el momento final y sólo si hemos obtenido éxito con la reclamación que hayamos llevado a cabo.
Si está de acuerdo con estas condiciones, le enviaremos un contrato y ya sólo le pediremos que realice una única gestión necesaria más: formalizar un Poder Notarial, para que podamos realizar acciones en su nombre en España.
Pero, atención, NO SE DEMORE, por favor, pues la posibilidad de iniciar una reclamación a través de la Ley 57/68 expira en octubre de 2020 y el sistema legal español se ha ralentizado considerablemente por la COVID-19. Tenga en cuenta que puede llevar algún tiempo reunir la documentación apropiada para llevar estos casos a los tribunales, por lo que es indispensable realizar la solicitud cuanto antes para que podamos estudiar su caso y empezar la tramitación adecuada.
¡RECLAME AHORA!
Realícenos ahora su consulta siguiendo el formulario de contacto de nuestra página web (https://www.abolex.es) o envíenos un correo a info@abolex.es y nos pondremos en contacto con usted lo antes posible.