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Condena a UNICAJA a devolver a nuestro cliente las cantidades entregadas por la compra de vivienda

Buenas noticias para nuestro cliente: sentencia contra Unicaja y a favor de un cliente de Abolex que compró una vivienda en construcción

El pasado viernes, el Juzgado de primera instancia 3 de Jerez de la Frontera nos notificó una sentencia favorable a nuestro cliente, que condena a Unicaja a devolverle los 43.000 euros que pagó para la compra de una vivienda en construcción, en 2005. Se trata de una acción de la Ley 57/1968.

La sentencia recoge jurisprudencia de nuestro Tribunal Supremo, confirmando la responsabilidad de la entidad bancaria por no verificar que las cantidades abonadas por nuestro cliente estaban debidamente garantizadas, como exige la Ley 57/68.

El Juzgado de Primera Instancia condena a UNICAJA a devolver a nuestro cliente los importes abonados a cuenta más sus intereses desde la fecha en que realizó los pagos, de conformidad con lo establecido en el art. 1.2 de la Ley 57/1968, así como las costas judiciales del proceso.

Hasta la fecha, Abolex ha ganado el 100% de las demandas interpuestas al amparo de la Ley 57/1968, gracias a la experiencia en eszte campo de su director, Martín de la Herrán.

 

 

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